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Una solución para prevenir el Lavado de Dinero y cumplir con la reglamentación del Artículo 492

Las compañías de Finanzas y Seguros tienen la solución para dar cumplimiento al Artículo 492. Sus procesos serán más eficientes y contarán con elementos de seguridad que brindarán privacidad y confianza a la información que resguardan.

 

De acuerdo con el Artículo 492 de la Ley de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, todas aquellas empresas que sean de la industria de seguros y finanzas tienen la obligación de contar con medidas que ayuden en la prevención y detección de actos ilícitos y de lavado de dinero, para ello deben contar con mecanismos permanentes de vigilancia para monitorear sus operaciones.

 

Entre las principales obligaciones previstas en las Disposiciones, se encuentra aquella que le solicita identificar a sus clientes, por medio de recabar datos y documentos completos y legibles antes de celebrar cualquier contrato y conforme los supuestos de ley.
Por lo anterior, estas Disposiciones son de observancia imperativa tanto para clientes, agentes de seguros y en general para todos los colaboradores de las aseguradoras en México.

Si deseas tener más información sobre la solución para dar cumplimiento con el Artículo 492. Déjanos un mensaje

Principales beneficios paras las compañías de finanzas y seguros:

  • Creación de un estándar para la generación de documentos
  • Bóveda centralizada de información
  • Guía y control de expedientes electrónicos de clientes
  • Monitoreo de información incompleta o vencida
  • Auditorías más ágiles y transparentes
  • Notificaciones de vencimiento de documentación para Contar con un archivo vigente
  • Posibilidad de que los clientes puedan consultar su documentación y actualizarla
  • Eliminación de documentos duplicados a través de un repositorio de información
  • Unificación con sistemas informáticos y administrativos de la empresa
  • Facilidad para firmar documentos de manera electrónica
  • Ahorro en gastos de insumos como papel
  • Disminución de tiempo empleado en búsqueda de información
  • Conservación de manera segura de los documentos electrónicos ligados a la información física
  • Prevención de sanciones por tener la información completa

Es esencial contar con el partner ideal para optimizar la transformación digital en tu empresa

ART. 492

Una solución para prevenir el Lavado de Dinero y cumplir con la reglamentación del Artículo 492; este se establece como un pilar fundamental en la lucha contra el lavado de dinero y la financiación del terrorismo.

industria de aseguradoras

Art 492 ley de seguros y fianzas

Las compañías de Finanzas y Seguros tienen la solución para dar cumplimiento al Artículo 492. Sus procesos serán más eficientes y contarán con elementos de seguridad que brindarán privacidad y confianza a la información que resguardan.

 
industria de aseguradoras

Artículo 492 LISF

De acuerdo con el Artículo 492 de la Ley de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, todas aquellas empresas que sean de la industria de seguros y finanzas tienen la obligación de contar con medidas que ayuden en la prevención y detección de actos ilícitos y de lavado de dinero, para ello deben contar con mecanismos permanentes de vigilancia para monitorear sus operaciones.

 
industria de aseguradoras

Artículo 492: Principales obligaciones

Entre las principales obligaciones previstas en las Disposiciones, se encuentra aquella que le solicita identificar a sus clientes, por medio de recabar datos y documentos completos y legibles antes de celebrar cualquier contrato y conforme los supuestos de ley. Por lo anterior, estas Disposiciones son de observancia imperativa tanto para clientes, agentes de seguros y en general para todos los colaboradores de las aseguradoras en México.

 

PRINCIPALES BENEFICIOS PARAS LAS COMPAÑÍAS DE FINANZAS Y SEGUROS:

¿Por qué cumplir con el Artículo 492?

Entre las principales obligaciones previstas en las Disposiciones, se encuentra aquella que le solicita identificar a sus clientes, por medio de recabar datos y documentos completos y legibles antes de celebrar cualquier contrato y conforme los supuestos de ley. Por lo anterior, estas Disposiciones son de observancia imperativa tanto para clientes, agentes de seguros y en general para todos los colaboradores de las aseguradoras en México.

 

Soluciones Prácticas para el art 492 ley de instituciones de seguros y fianzas:

Implementación de Programas de Conocimiento del Cliente (KYC):

 Establece procedimientos sólidos para verificar la identidad de tus clientes y entender la naturaleza de sus transacciones. Esto te ayudará a detectar actividades sospechosas con mayor eficacia.

Monitorización Constante

Utiliza herramientas de monitoreo avanzadas para supervisar las transacciones en tiempo real. Esto permitirá identificar patrones inusuales y tomar medidas inmediatas.

 

Formación del Personal

Capacita a tus empleados en las leyes y regulaciones contra el lavado de dinero. Un equipo bien informado es tu primera línea de defensa.

Reporte de Transacciones Sospechosas:

Establece un proceso claro para reportar transacciones sospechosas a las autoridades competentes. Esto es esencial para cooperar en investigaciones y prevenir actividades ilícitas.

Auditorías Regulares:

Realiza auditorías internas y externas periódicas para evaluar la efectividad de tus medidas de prevención y hacer ajustes cuando sea necesario.

Descubre cómo Requordit puede ser tu aliado en la prevención de operaciones que contravienen la ley. Obtén soluciones integrales y efectivas para cumplir con el Artículo 492 y fortalecer la seguridad financiera de tu negocio. ¡Conoce más ahora!

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